El gobernador, Axel Kicillof, acaba de enviar a la Legislatura bonaerense su proyecto para reformar la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires y restituir -entre otros puntos- el 82 por ciento móvil para sus beneficiarios, derogando las modificaciones impuestas por la ley 15.008 que a fines de 2017 impulsó María Eugenia Vidal en medio de un amplio rechazo del sector.
Entre los cambios más destacables, la flamante iniciativa -consensuada con el gremio La Bancaria y que ayer inició su recorrido legislativo en la Cámara de Diputados- restablece la edad jubilatoria a los 60 años para las mujeres, que la norma anterior había llevado hasta los 65, equiparándola con la de los hombres. Y en el caso de los hombres, si bien se mantiene la jubilación a los 65, esto será en forma gradual y recién empezaría a regir a partir del año 2028.
También, repone el 82 por ciento móvil de los haberes, anteriormente reducido al 70 por ciento de las remuneraciones actualizadas de los últimos 10 años: “El haber mensual inicial de las prestaciones será el equivalente al 82 por ciento del promedio actualizado de las remuneraciones mensuales percibidas durante el período de ciento veinte meses inmediatamente anteriores a la cesación del servicio”, dice el texto de Kicillof, que en un caso similar lleva los haberes de las pensiones del 70 al 75 por ciento móvil. Mientras que durante el primer año de aplicación de la norma, abre la posibilidad a quienes se hayan jubilado por la 15.008 a acogerse a los nuevos beneficios.
La reforma de Vidal, que desató una demanda por inconstitucionalidad ante la Suprema Corte, una catarata de medidas cautelares y fallos judiciales en contra que contribuyeron a agrandar el déficit de la Caja del Bapro (hoy calculado en unos 12.000 millones de pesos), incluyó además cambios en la movilidad que la derogación de marras busca subsanar.
El nuevo proyecto dispone que los beneficios “serán móviles” y deberán ser actualizados cada 60 días en función de la variación porcentual de los empleados del Banco (tal como regía hasta fines de 2017). Con lo que pretende dejar atrás el esquema que determinaba la movilidad según la ley nacional 26.417 (70 por ciento inflación y 30 por ciento del índice de variación salarial Ripte).